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Acceso a la Justicia de Familia durante el aislamiento obligatorio

El Consejo Superior de la Judicatura desde el pasado Dieciséis (16) de Marzo de Dos Mil Veinte (2020) suspendió los términos judiciales en la mayoría de sus actuaciones a causa de la pandemia del COVID-19.

Sin embargo, se han generado una serie de excepciones y con el trascurrir de los días se ha venido implementado el uso de las Tecnologías de la Información para atender algunos asuntos de familia, por lo tanto, a continuación relacionaremos los trámites que se están adelantando de forma virtual ante los Juzgados:

  1. Pago de Títulos por concepto de Alimentos:

El Consejo Superior de la Judicatura ha dispuesto la lista de correos electrónicos de los Juzgados de Familia, con el objeto de que las personas que reciben el pago de las cuotas alimentarias a través de depósito judicial puedan solicitar la autorización para el pago en el Banco Agrario sin necesidad de soportes físicos:

El correo debe contener la siguiente información:  

  1. Nombre completo del beneficiario del pago del título de depósito judicial, conforme aparece en la cédula de ciudadanía.
  2. Número de cédula de ciudadanía.
  3. Tipo de proceso.
  4. Número de radicación del proceso y partes del mismo (Demandante y Demandado).

A continuación les compartimos la lista de correos de los Juzgados de Familia en la ciudad de Bogotá D.C.:

 

Juzgado

Correo

1

flia01bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

2

flia02bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

3

flia03bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

4

flia04bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

5

flia05bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

6

flia06bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

7

flia07bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

8

flia08bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

9

10

flia09bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

flia10bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

11

flia11bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

12

flia12bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

13

flia13bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

14

flia14bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

15

flia15bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

16

flia16bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

17

flia17bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

18

flia18bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

19

flia19bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

20

flia20bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

21

flia21bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

22

flia22bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

23

flia23bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

24

flia24bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

25

flia25bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

26

flia26bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

27

flia27bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

28

flia28bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

29

flia29bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

30

flia30bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

31

flia31bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

32

flia32bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

1 de Ejecución

j01ejefbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

2 de Ejecución

J2ejefbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

3 de Ejecución

j03ejefbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

  1. Acciones de Tutela.

Los Juzgados están adelantando de forma virtual las acciones de Tutela, dándole prioridad al reparto de las que busquen la protección de los Derechos Fundamentales a la vida, la salud y la libertad.

El correo para radicación de tutelas en la ciudad de Bogotá D.C. es el siguiente: tutelasbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

  1. Medidas de Protección por Violencia Intrafamiliar en lugares donde no hay Comisarías de Familia.

Se ha ordenado el trámite de Medidas de Protección por los Jueces de Familia de los lugares donde no exista Comisario de Familia. Los correos electrónicos de los Juzgados se pueden encontrar en la página web de la Rama Judicial.

  1. Procesos de adopción que tengan la demanda admitida.

Se autorizó a los procuradores judiciales de familia para adelantar los procesos de adopción que se encontraban en curso, con el fin de garantizar los Derechos Fundamentales de los menores de edad.

Una vez se levante la suspensión de términos los procesos de adopción que se encuentres pendientes de decisión serán remitidos al Juez de Familia.  

En cuanto a las audiencias que se encontraban programadas dentro de la suspensión de términos en los procesos de familia y no pudieron ser adelantadas, deberán ser nuevamente agendadas cuando los Juzgados de Familia reanuden sus actividades.

Finalmente y de acuerdo a la información del Consejo Superior de la Judicatura la suspensión de términos judiciales iría hasta el próximo Veintiséis (26) de Abril de Dos Mil Veinte (2020), por lo cual, se espera que para el Lunes Veintisiete (27) de Abril se retome la actividad judicial con normalidad, o en su defecto, se implementen todas las medidas necesarias para continuar con todos los procesos de familia de forma virtual.

 

 

ÁNGELA VIVIANA SÁNCHEZ GARCÍA

Abogada en Derecho de Familia

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